«Lo que es mío es tuyo» es una frase común en el matrimonio, pero cuando se trata de una herencia, la ley tiene matices muy importantes. Una de las consultas más recurrentes que recibe un abogado de familia en Albacete es: si heredo de mis padres, ¿mi cónyuge tiene derecho a una parte? ¿Se considera un bien ganancial?
La respuesta general es clara, pero existen excepciones que pueden generar conflictos, especialmente en caso de divorcio o fallecimiento. A continuación, aclaramos todas tus dudas.
Una duda frecuente en los matrimonios de Albacete: ¿La herencia se comparte?
Es lógico pensar que, sobre todo en un matrimonio en régimen de gananciales, todo lo que se adquiera durante el mismo pertenece a ambos. Sin embargo, las herencias y las donaciones son una excepción fundamental a esta regla.
La regla de oro del Código Civil: La herencia es un bien privativo
La respuesta corta y directa es NO. La herencia que recibes de tus padres (o de cualquier otra persona) es exclusivamente tuya.
¿Qué significa que un bien sea «privativo»?
Significa que te pertenece únicamente a ti, y no forma parte del patrimonio común del matrimonio. Así lo establece de forma rotunda el artículo 1346 del Código Civil, que considera como bienes privativos de cada cónyuge «los que adquiera después a título gratuito», categoría en la que entran tanto las herencias como las donaciones.
¿Importa si estamos casados en gananciales o en separación de bienes?
No, no importa. El carácter privativo de la herencia se mantiene independientemente del régimen económico matrimonial.
- En gananciales: La herencia sigue siendo tuya. No se integra en la sociedad de gananciales.
- En separación de bienes: Con más razón, la herencia es tuya, ya que en este régimen todos los bienes de cada cónyuge son privativos por defecto.
Por tanto, en un proceso de divorcio en Albacete, los bienes que hayas heredado no se repartirán.
¡Cuidado con las excepciones! Casos en los que tu cónyuge podría tener derechos
Aunque la regla general es clara, la práctica diaria nos demuestra que hay situaciones en las que la línea entre lo privativo y lo ganancial se difumina.
Caso 1: Cuando el dinero de la herencia se invierte en un bien común
Este es el caso más habitual. Imagina que heredas 50.000 € y los utilizas para pagar parte de la hipoteca de la vivienda familiar, que es un bien ganancial. En caso de divorcio, el dinero sigue siendo privativo, pero se ha «mezclado» con el patrimonio común.
En este supuesto, la sociedad de gananciales ha adquirido una deuda contigo. Al liquidar los bienes, tendrás derecho a que se te reembolse esa cantidad aportada. Para ello es fundamental poder acreditar el origen privativo del dinero, por lo que contar con el asesoramiento de un abogado civil en Albacete es crucial.
Caso 2: Los «frutos» o rendimientos de los bienes heredados
Aquí la ley sí establece una diferencia importante. Mientras que el bien heredado es privativo (por ejemplo, una finca rústica), los rendimientos que genere ese bien mientras dure el matrimonio en gananciales son gananciales.
Por ejemplo, si alquilas una casa que has heredado, el inmueble siempre será tuyo, pero las rentas del alquiler obtenidas durante el matrimonio se consideran gananciales y, por tanto, pertenecen a ambos.
Caso 3: Si falleces, ¿qué derechos tiene tu cónyuge viudo sobre tus bienes privativos?
Si tú falleces siendo propietario de esos bienes heredados, tu cónyuge (el cónyuge viudo) sí tendrá derechos sobre ellos. La ley le reconoce como heredero forzoso y le otorga, como mínimo, el usufructo del tercio de mejora de tu herencia, lo que incluye tus bienes privativos. Este es un aspecto fundamental en la planificación de herencias.
¿Y si no estamos casados? La situación de las parejas de hecho
Para las parejas de hecho, la situación es aún más clara. Al no existir un régimen económico matrimonial, los bienes que reciba uno de los miembros por herencia son suyos sin ninguna duda, y el otro miembro no tendrá derecho a reclamar nada, ni siquiera los «frutos» o rendimientos.
Cómo proteger una herencia: Asesoramiento legal en Albacete
La mejor forma de evitar conflictos futuros es actuar con previsión. Si vas a recibir una herencia y quieres asegurarte de que tu patrimonio personal quede perfectamente definido y protegido, es recomendable:
- Documentar todo: Deja constancia documental del origen del dinero heredado.
- Capitulaciones matrimoniales: Si quieres un régimen distinto al de gananciales, puedes otorgar capitulaciones para pactar la separación de bienes.
- Asesoramiento experto: Consulta con un abogado antes de tomar decisiones sobre cómo invertir o gestionar los bienes heredados.
Manjavacas Abogados: Claridad y seguridad para tu patrimonio familiar
Entender cómo afecta una herencia a tu matrimonio es clave para proteger tu patrimonio y evitar malentendidos. En Manjavacas Abogados, nuestro equipo de abogados de familia en Albacete te ofrece un asesoramiento claro y preciso sobre tus derechos y las mejores estrategias para gestionar tu patrimonio familiar.
Si vas a recibir una herencia o tienes dudas sobre tus bienes, contacta con nosotros y te ayudaremos a tomar las decisiones correctas con total seguridad jurídica.
Descargo de responsabilidad: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Cada caso debe ser analizado de forma individualizada. Le recomendamos que consulte con un abogado para obtener asesoramiento personalizado.